La apertura de tu EAS no depende del tipo de rubro o actividad al cual se va a dedicar tu negocio. Lo único relevante para la autoridad es definir la estructura societaria e inversión de tu organización, lo cual básicamente consiste en definir la cantidad de socios y la magnitud de la inversión tanto en aporte como activos.
¿Qué tipo de capital o aporte se puede realizar para una EAS?
El capital o aporte puede ser efectivo y bienes registrables o no registrables.
- Efectivo: cabe aclarar que no se realiza ningún tipo de depósito en un banco oficial como otras sociedades salvo que el aporte sea un importe superior a PYG 2.631.000.000 y en este caso se depositaría el 20% en un banco oficial.
- Registrable: son los vehículos o inmuebles, los cuales se deben transferir a la EAS en un plazo de 60 días y luego informar a través del SUACE sobre dicha escritura.
- No registrable: son las mercaderías, muebles, equipos, maquinarias u otros, cuyos documentos respaldatorios deben ser facturas de los mismos o bien un inventario firmado por un contador.
Si estás en proceso de abrir tu propia EAS y necesitás ayuda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.