Que las EMPRESAS SIMPLIFICADAS POR ACCIONES (EAS) por más de que sean del tipo UNIPERSONAL, deben hacer ASAMBLEAS ORDINARIAS, CONTAR CON BALANCE, PRESENTAR MEMORIA, INFORME DEL SÍNDICO, es decir, tiene el mismo TRATAMIENTO QUE UNA SOCIEDAD ANONIMA.
En el lapso de los cuatro primeros meses del año.
Salvo estipulación estatutaria en contrario, el órgano de gobierno será convocado por el representante legal de la empresa, mediante comunicación escrita en nota dirigida a cada integrante de la EAS con una antelación mínima de 5 días hábiles. Toda comunicación o citación a los integrantes de la EAS deberá dirigirse al domicilio o Correo expresado en el instrumento constitutivo, salvo que se haya notificado su cambio al órgano de administración. En el aviso de convocatoria se insertará el orden del día correspondiente a la reunión. Fecha de reunión, horario.
La EAS deberá llevar los siguientes registros societarios y contables:
Ante el SUACE (Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas) se presentará: